La Cámara de Casación rechazó el recurso de Máximo y Florencia Kirchner y confirmó el embargo preventivo sobre 13 propiedades

La Cámara de Casación declaró inadmisible el reclamo presentado por Máximo y Florencia Kirchner, que buscaban anular las medidas cautelares sobre trece inmuebles vinculados a las empresas Los Sauces y Hotesur. La decisión confirma así el embargo preventivo dispuesto sobre esos bienes.
Esta resolución se da tras el rechazo anterior al pedido de Cristina Kirchner para impedir un embargo preventivo sobre el departamento de San José 1111, ordenado por el tribunal que ejecuta la condena en el caso Vialidad. La medida busca preservar el valor patrimonial de esos bienes ante un posible decomiso definitivo.
En el marco de una segunda etapa de bienes a decomisar, solicitada por el fiscal general Diego Luciani, el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), encargado de ejecutar la pena en el juicio Vialidad, ordenó el embargo preventivo de trece propiedades pertenecientes a la familia Kirchner. Estos inmuebles forman parte de un listado de activos que, según la fiscalía, deben ser ejecutados en el proceso de decomiso.
Esta segunda tanda incluye un total de 141 bienes muebles e inmuebles, principalmente vinculados a Lázaro Báez y a Cristina Kirchner. Los nueve condenados por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, que recibieron una pena de seis años de prisión en este caso, deben responder de forma solidaria por un decomiso fijado en 685.000 millones de pesos, cifra que representa el perjuicio ocasionado al Estado por la maniobra delictiva.
El máximo tribunal penal ya avaló el criterio del TOF 2 en la orden de ejecución patrimonial sobre 111 bienes que integran la primera etapa de decomiso. Esa medida se encuentra en revisión en la Corte Suprema de Justicia, que aún debe decidir si dispone el decomiso definitivo de ese conjunto de inmuebles.
Mientras tanto, el TOF 2, integrado por los jueces Rodrigo Giménez, Jorge Gorini y Andrés Basso, impuso el embargo preventivo sobre los bienes señalados por el Ministerio Público, con el fin de preservar su valor y evitar que sus titulares los vendan o modifiquen su naturaleza. Esta medida es preventiva y responde a un eventual segundo decomiso.
Cristina Kirchner fue la primera en oponerse a la cautelar, argumentando que esas propiedades pertenecen a sus hijos, quienes no formaron parte del juicio Vialidad. Entre los inmuebles embargados figura el departamento de la calle San José 1111, donde cumple arresto domiciliario por la condena de corrupción.
Cuando el TOF 2 ordenó la primera ejecución patrimonial, sostuvo que todos los bienes incorporados al patrimonio de los condenados entre 2003 y 2015 —periodo en que se desarrolló la maniobra delictiva— eran susceptibles de ser decomisados. En 2016, Cristina Kirchner cedió esas propiedades a sus hijos.
La Sala IV de la Cámara de Casación, presidida por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, resolvió por mayoría rechazar el recurso de Máximo y Florencia Kirchner, que coincidía con el planteo de su madre para dejar sin efecto las medidas cautelares. Los jueces Hornos y Barroetaveña consideraron que la decisión del tribunal oral no era recurrible. En tanto, Borinsky manifestó una opinión contraria y propuso que el recurso fuera admitido. En una resolución previa, este magistrado había opinado que los bienes registrados a nombre de los hijos Kirchner no debían ser decomisados.
Con esta postura mayoritaria, quedó firme el embargo preventivo sobre trece propiedades pertenecientes a las dos empresas investigadas por lavado de activos. Los Sauces es titular del departamento de San José 1111, del chalet en la costanera de Río Gallegos y del hotel La Aldea en El Chaltén. Por su parte, Hotesur S.A. posee como único inmueble el hotel Alto Calafate, explotado comercialmente por Lázaro Báez hasta junio de 2013.
¿Por qué avanzan sobre las empresas?
En la última resolución que ordena nuevas medidas cautelares, los magistrados del TOF 2 recordaron que la sentencia condenatoria firme determinó que la maniobra fraudulenta en la obra pública “generó beneficios económicos directos para Lázaro Báez e indirectos para la familia Kirchner”.
Durante el período investigado, los jueces señalaron que existió una conexión económica y comercial comprobada entre las partes. La sentencia establece que las empresas de Báez alquilaron, explotaron turísticamente y desarrollaron emprendimientos en los hoteles y propiedades de la familia Kirchner, tanto en forma personal como a través de Los Sauces S.A. y Hotesur S.A.
Por ello, el dinero del delito “circuló y se asentó en los activos de esas sociedades”.
En el fallo se indica que es necesario avanzar en la cautela de los bienes incluidos en esta segunda etapa de decomiso. El artículo 23 vigente autoriza a alcanzar a personas jurídicas o sociedades que hayan resultado beneficiadas por el producto o provecho del delito. Asimismo, habilita la acción sobre activos o participaciones que hayan sido cedidos o transmitidos gratuitamente a terceros.
Respecto a los paquetes accionarios, los jueces recordaron que las acciones de Los Sauces y Hotesur están embargadas desde la etapa de instrucción del caso, en 2017. En ese momento, la justicia analizó la sucesión de Néstor Kirchner y concluyó que las cuotas o acciones asignadas
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